DERECHO DE PRUEBA
CONSIDERACIONES DE LA PRUEBA DE LA TEORIA GENERAL DEL PROCESO
La prueba procesal es única sin importar el área jurisdiccional que utilice.
La teoría de la prueba procesal se lleva a cabo a técnicas y procedimientos.
Las pruebas son hechos que surgen de la realidad extrajurídica, del órden natural de las cosas.
PRUEBAS COMO CREACION DEL DERECHO
MEDIOS DE PRUEBA
El documento. Es toda representación material destinada e idónea para reproducir una cierta manifestación del pensamiento.
Los documentos no son la única manifestación de prueba documental.
También se consideran las fotografías, las copias, registros, etcétera.
DOCUMENTOS ESCRITOS
Los documentos escritos se ven total o parcialmente modificados.
Ejemplos: la microfilmación, informática, archivos magnéticos, etc.
Los soportes informáticos actuales están enfrentando serias dificultades discutiendo su originalidad , estabilidad del contenido, compromisos, etc.
IMPLICACIONES FINALES
La redacción de un acto firmado es una regla de prudencia para todos los convenios importantes.
Este tipo de lógica no tiene cabida dentro de la lógica de la informatización.
El derecho de prueba se encuentra frente a un enorme desafío generado por el desarrollo informático.
En nuestro país “son admisibles como medios de prueba aquellos elementos que puedan producir convicción en el ánimo del juzgador acerca de los hechos controvertidos o dudosos”, según el artículo 289 del Código de procedimientos Civiles.
No hay comentarios:
Publicar un comentario